Apéndice, Ap én d ic e – LG 32LD322H Manual del usuario

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APéndiCe

AP

ÉN

D

IC

E

1. El usuario puede copiar y distribuir, en cualquier soporte, copias literales del código fuente del programa tal como lo

reciba, siempre que incluya una notificación de copyright y una exención de responsabilidad de garantía en todas las

copias, de forma visible y adecuada; conserve intactas todas las notificaciones relativas a esta licencia y la ausencia

de garantía; y proporcione, junto con el programa, una copia de esta licencia a todos los destinatarios del programa.

El usuario puede cobrar una suma por el acto físico de transferir una copia y, además, tiene la opción de ofrecer pro-

tección de garantía a cambio de una cuota.

2. El usuario puede modificar sus copias del programa, o cualquier parte de este. Al hacerlo, creará un trabajo basado

en el programa, cuya copia y distribución estarán sujetas a los términos estipulados en la sección 1 anterior, siempre

que cumpla la totalidad de estas condiciones:

a) Los archivos modificados deben incluir avisos visibles donde se indique que fueron modificados y la fecha en que

se realizaron los cambios.

b) Todos los trabajos que distribuya o publique y que contengan parte o la totalidad del programa, o que se deriven

del programa o alguna parte de este, deben entregarse íntegramente bajo licencia y de forma gratuita a todos los

usuarios en virtud de los términos de esta licencia.

c) Si el programa modificado lee los comandos de forma interactiva cuando se ejecuta, debe hacer que, cuando se

inicie este uso interactivo de la forma normal, se imprima o muestre un aviso adecuado con la notificación de copy-

right y la exención de responsabilidad de garantía (o donde se especifique que se proporciona una garantía), así

como un aviso para informar a los usuarios de que pueden redistribuir el programa de conformidad con estas condi-

ciones y de cómo pueden ver una copia de esta licencia. (Excepción: si el propio programa es interactivo pero no

muestra este tipo de notificaciones, no es necesario que el trabajo basado en el programa lo haga).

Estos requisitos se aplican a los trabajos modificados en su totalidad. Si hay partes identificables del trabajo que no se

derivan del programa y se pueden considerar, de forma razonable, obras independientes y separadas, esta licencia y

sus términos no se aplican a dichas secciones cuando las distribuya individualmente. No obstante, si estas secciones

se distribuyen como parte de un trabajo basado en el programa, la distribución de la totalidad del trabajo estará sujeta

a los términos de esta licencia, cuyos permisos para otros licenciatarios se refieren a la totalidad, independientemente

de quién sea su autor.

Esta sección no tiene como objetivo reclamar ningún derecho ni cuestionar los derechos relativos a trabajos escritos

íntegramente por el usuario, sino controlar la distribución de trabajos derivados o colectivos basados en el programa.

Además, la simple adición al programa de otro trabajo que no se base en el programa (o de un trabajo basado en el

programa) en un volumen de un soporte de almacenamiento o distribución no somete a dicho a trabajo a las condicio-

nes de esta licencia.

3. Puede copiar y distribuir el programa (o un trabajo basado en él, de conformidad con la sección 2) en código objeto

o formato ejecutable en virtud de las secciones 1 y 2 anteriores, siempre que cumpla uno de estos requisitos:

a) Se acompaña del código fuente completo de lectura automática, que debe distribuirse de conformidad con los tér-

minos de las secciones 1 y 2 anteriores en un soporte utilizado habitualmente para el intercambio de software.

b) Se acompaña de una oferta por escrito, con una validez mínima de tres años, de proporcionar a cualquier ter-

cero, por una suma no superior al coste de su distribución física, una copia completa y de lectura automática del

código fuente correspondiente, para su distribución de conformidad con los términos de las secciones 1 y 2 anteri-

ores en cualquier soporte utilizado habitualmente para el intercambio de software.

c) Se acompaña de la información recibida relativa a la oferta de distribución del código fuente correspondiente.

(Esta alternativa solo se permite para la distribución no comercial y si el programa se recibe en código objeto o for-

mato ejecutable con una oferta de este tipo, de conformidad con el subapartado b anterior).

El código fuente de un trabajo es el formato preferido para la realización de modificaciones en dicho trabajo. En los

trabajos ejecutables, el código fuente completo es todo el código fuente de todos los módulos que contiene, así como

todos los archivos de definición de interfaz asociados y las secuencias utilizadas para controlar la compilación e insta-

lación del ejecutable. No obstante, a modo de excepción especial, no es necesario que el código fuente distribuido

incluya los elementos de distribución habitual (en formato fuente o binario) con los principales componentes (compila-

dor, kernel, etc.) del sistema operativo en el que se ejecuta el archivo ejecutable, a no ser que dicho componente se

proporcione con el ejecutable.

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