Western Digital WD Black2 Dual Drive User Manual Manual del usuario

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Disco doble WD Black²

Manual del usuario

APÉNDICE – 18

jurisdicción, y puede otorgar medidas cautelares y declaratorias solo a favor de la parte individual que las solicita
y solo en la medida necesaria para proporcionar las medidas garantizadas por la demanda individual de esa
parte. La decisión del árbitro será final y exigible por cualquier tribunal con jurisdicción sobre las partes.
3. Aviso de litigio. En caso de un Litigio, usted o WDT deben enviar antes a la otra parte un aviso de Litigio que
incluirá una declaración por escrito en la que se indique el nombre, dirección e información de contacto de la
parte que lo inicia, los hechos que dan lugar al Litigio y las medidas solicitadas (el "Aviso de litigio"). El Aviso de
litigio a WDT debe dirigirse a: Western Digital Technologies, Inc., ATTN: Legal Department, 3355 Michelson Drive,
Suite 100, Irvine, CA 92612, U.S.A. (la "Dirección de aviso de WDT"). El Aviso de litigio a usted se enviará por
correo certificado a la dirección suya más reciente que tengamos en nuestros archivos. Si WDT y usted no llegan
a un acuerdo para resolver el Litigio dentro de un plazo de sesenta (60) días después de la recepción del Aviso
de litigio, usted o WDT pueden comenzar un procedimiento de arbitraje de acuerdo con este Contrato. Después
del envío y recepción del Aviso de litigio, cada uno de nosotros acepta actuar de buena fe para intentar resolver
el Litigio antes de comenzar el arbitraje.
4. RENUNCIA A DEMANDAS COLECTIVAS Y ARBITRAJES COLECTIVOS. USTED Y WDT ACUERDAN
QUE CADA PARTE PUEDE INICIAR LITIGIOS CONTRA LA OTRA PARTE SOLO CON UNA CAPACIDAD
INDIVIDUAL, Y NO COMO DEMANDANTE O MIEMBRO COLECTIVO EN NINGÚN PROCEDIMIENTO
REPRESENTATIVO O PROCEDIMIENTO COLECTIVO SUSTENTADO, INCLUIDO SIN LIMITACIÓN
DEMANDAS COLECTIVAS FEDERALES O ESTATALES, ARBITRAJES COLECTIVOS O DEMANDAS DE
PROCURADOR GENERAL PRIVADO. POR CONSIGUIENTE, BAJO LOS PROCEDIMIENTOS DE
ARBITRAJE DESCRITOS EN ESTE CONTRATO, UN ÁRBITRO NO COMBINARÁ NI CONSOLIDARÁ
MÁS DE UNA DEMANDA DE UNA PARTE SIN EL CONSENTIMIENTO POR ESCRITO DE TODAS LAS
PARTES AFECTADAS EN UN PROCEDIMIENTO DE ARBITRAJE.
5. Procedimiento de arbitraje.
Si una parte decide comenzar el arbitraje, el arbitraje se regirá por las reglas
JAMS que estén en vigor en el momento de iniciar el arbitraje (las "Reglas JAMS"), disponibles en www.jamsadr.com
o llamando a 1-800-352-5267, y de acuerdo con las reglas establecidas en este Contrato. Si hay un conflicto
entre las Reglas JAMS y las reglas establecidas en este Contrato, regirán las reglas establecidas en este
Contrato. Usted puede, en arbitraje, solicitar todas y cada una de las medidas que tiene disponibles de acuerdo
con las leyes federales, estatales o locales. Todos los Litigios serán resueltos por un solo árbitro neutral, y ambas
partes tendrán una oportunidad razonable de participar en la selección del árbitro. El árbitro está obligado por
los términos de este Contrato. Con la excepción de problemas relacionados con la obligatoriedad de la provisión
del arbitraje, todos los problemas relacionados con este Contrato, incluido el ámbito de aplicación del Contrato
y la capacidad de arbitraje de un Litigio, son al arbitrio del árbitro. Usted puede elegir asistir a las audiencias de
arbitraje por teléfono. Las audiencias de arbitraje no realizadas por teléfono tendrán lugar en un lugar
razonablemente accesible desde su residencia principal, o en el Condado de Orange, California, a su elección.
a Inicio del procedimiento de arbitraje. Si usted o WDT deciden arbitrar un Litigio, aceptamos el siguiente

procedimiento:
(i)

Escribir una Demanda de arbitraje. La demanda debe incluir una descripción del Litigio y la cantidad
de daños que se desean recuperar. Puede encontrar una copia de una Demanda de arbitraje en
www.jamsadr.com ("Demanda de arbitraje").

(ii) Enviar tres copias de la Demanda de arbitraje, más las tasas de archivado correspondientes, a:

JAMS
500 North State College Blvd., Suite 600
Orange, CA 92868, U.S.A.

(iii) Enviar una copia de la Demanda de arbitraje a la otra parte a la misma dirección que el Aviso de litigio,

o como se haya acordado entre las partes.

b Formato de audiencia. En todos los formatos de las audiencias, el árbitro emitirá una decisión por escrito en la

que se explicarán los hallazgos esenciales y las conclusiones en los que se basa el laudo arbitral, si existe.
Durante el arbitraje, la cantidad de cualquier oferta de liquidación realizada por WDT o usted no será revelada
al árbitro hasta después de que el árbitro determine la cantidad, en su caso, a la que usted o WDT tiene
derecho. La revelación o intercambio de información no privilegiada para el Litigio puede permitirse durante el
arbitraje.

c Tasas del arbitraje. WDT pagará, o (si corresponde) le reembolsará a usted, todas las tasas de archivado

JAMS, administración y árbitro de cualquier arbitraje iniciado (por usted o WDT) de acuerdo con las
provisiones de este Contrato.

d Laudo a su favor. Para Litigios en los que usted o nosotros solicitemos 75.000 $ o menos en daños, excluidos

los honorarios de los abogados y los costes, si el árbitro emite un laudo en favor de usted por una cantidad
superior a la última oferta por escrito de WDT, si existe, para liquidar el Litigio, WDT: (i) le pagará 1.000 $ o la
cantidad del laudo, lo que sea mayor; (ii) le pagará dos veces la cantidad de los honorarios razonables de los
abogados, si existen; y (iii) le reembolsará cualquier gasto (incluidos honorarios y costes de testigos expertos)
en el que incurra su abogado razonablemente para investigar, preparar e interponer el Litigio en arbitraje.
Excepto como se acuerde entre usted y WDT por escrito, el árbitro determinará la cantidad de honorarios,
costes y gastos que pagará WDT de acuerdo con esta Sección 5(d).

e Honorarios de abogados. WDT no reclamará los honorarios de sus abogados y sus gastos para ningún

arbitraje iniciado que afecte a un Litigio relacionado con este Contrato. Su derecho a los honorarios de los
abogados y los gastos de acuerdo con la Sección 5(d) anterior no limita sus derechos a los honorarios de los
abogados y los gastos de acuerdo con la ley correspondiente; a pesar de lo anterior, el árbitro no puede
otorgar laudos que dupliquen los honorarios de los abogados y los gastos.

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